El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) se expidió con un breve comunicado relacionado al caso que involucró a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y a San Martín de Tucumán, relacionado al reclamo del club norteño al ascenso a la Liga Profesional tras la suspensión de la Primera Nacional a causa de la pandemia de coronavirus. “La apelación presentada por Club Atlético San Martín de Tucumán contra la decisión dictada el 29 de abril por la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) es rechazada”, afirmó el fallo emitido por el ente internacional en sus primeros párrafos.
Lamentablemente desconocemos las razones que llevaron a tomar esa decisión. El precitado escenario nos podría llevar a considerar que la Casa Madre del fútbol argentino tiene patente de corso para dirimir los ascensos en disputa. Entiendo que esa interpretación es precipitada y contraria a todo postulado de justicia. No hay jurista alguno en la actualidad que confunda discrecionalidad con arbitrariedad. Ciertamente, una situación imprevista autoriza a la adopción de remedios excepcionales, sin embargo no cabe sustraerse de las exigencias de razonabilidad.
La justicia siempre refiere a la adjudicación de un bien, en este caso, la aspiración colectiva son dos plazas en la primera división. Teniendo presente esa situación, cabe referir que existen dos formas de resolución de lo justo. Cuando los bienes pretendidos son de libre disponibilidad, la justicia es pactada. En cambio, cuando los bienes no pertenecen a nadie sino que son del colectivo -en este caso de los 32 clubes que militan en el Nacional B- no existe otra forma justa de hacerlo que por disposición unilateral de la autoridad.
En ese mismo sentido, una de las condiciones sine qua non para que la regulación deportiva sea justa es que el ente regulador sea neutral respecto de los destinatarios de las normas (los clubes).
En el caso que nos concierne tratar, huelga decir que la deliberación de la forma de disputa de los torneos con las cartas echadas sobre la mesa nos enfrenta ante un escenario en el que desde el inicio se arriba una decisión irrazonable. Es que, en efecto, cuando se dispone a reglamentar una contienda deportiva, ninguno de los que participa sabe a ciencia cierta si la forma de disputa del torneo lo beneficiará o lo perjudicará al final del camino, cumpliéndose así con la exigencia del velo de la ignorancia.
En sentido contrario, vemos absortos como por mayoría deliberativa piensa deliberarse con efectos retroactivos sobre el merito deportivo de una temporada finiquitada. Todo ello bajo el falso clamor de una petición de justicia de que los torneos se diriman en el campo de juego y no en los escritorios. Pues bien, entonces, permítase establecer una reglamentación en el que uno de los equipos empiece jugando el partido con 11 jugadores y su rival con 7, si el único parámetro de justica es la entronación de que los partidos se ganan y se pierden en la cancha. ¿Acaso se conoce competencia deportiva alguna que desde su inicio otorgue ventajas deportivas a sus participantes? Una competencia en esas condiciones es tan absurda como establecer que el resultado del partido arranque con diferencia de goles al mejor equipo posicionado en la tabla de posiciones de la temporada pasada. Es verdad que la vieja Copa Libertadores de América disponía que el campeón arrancaba desde los cuartos de final, pero esa ventaja estaba asociada a la reglamentación preexistente.
Así las cosas, bien podría plantearse como una solución salomónica que en caso de enfrentarse, por ejemplo, Atlanta contra Mitre de Santiago del Estero, el marcador del partido comience con el score Atlanta 24-Mitre de Santiago del Estero 0. ¿Es injusto? ¿Desnaturaliza el sentido de la competencia? Posiblemente, pero está más próximo al sentido de justicia que un equipo no pueda equilibrar en 90 minutos lo que al otro le llevo 1890 minutos de competencia a lo largo de 21 jornadas.
En ese sentido, es imperativo para la AFA, a fin de cuidar la credibilidad de su producto, velar para que los torneos de fútbol no sean parangonables con el espectáculo que nos brindaba Martín Karadagian. Sin duda, Titanes en el ring marcó la infancia de muchos argentinos que fueron niños durante las décadas del 70 y el 80, pero el problema es que ya no somos infantes.
Es que según trascendidos periodísticos, la intención de la Asociación del Fútbol Argentino es reconocer a los equipos participantes una “ventaja deportiva” por la clasificación en la tabla de posiciones de la temporada que fue abruptamente concluida. ¿Cómo saber si ese reconocimiento es una gracia o bien el reconocimiento de un mérito proporcionado a la campaña realizada? Es de rigor, entonces, hacer notar que toda diferencia de trato debe responder a una diferencia objetiva. La subjetividad y la discrecionalidad en el otorgamiento de preferencias por antonomasia es contraria al principio de igualdad de armas que debe prevalecer en toda justa deportiva. No cabe duda alguna de que siempre estuvimos ante un problema de justicia distributiva, por encontrarnos ante un bien escaso, dos asientos en primera división cuya distribución no puede ser pactada ni conmutada por los participantes de la categoría.
Salta a la vista que el torneo reducido no puede tener dista causa, objeto y finalidad que el torneo que finalizó y, en consecuencia, la importancia de esta relación implica que si el torneo no se resuelve de una manera justa, inexorablemente la injusticia se hará también patente en cualquier forma de organización de disputa del torneo reducido. El problema que subyace en ese temperamento es que, a priori, cualquier ventaja será asignada fruto de una concertación y no en función de una deliberación de un marco preexistente. A todas luces, esta forma de establecer el marco reglamentario es contrario a cualquier postulado de razonabilidad, porque bajo el velo de ignorancia nadie participaría de una competencia donde las reglas se imponen con la masa de cartas fuera de su baraja.
En tales condiciones, lamentamos no conocer los fundamentos de justicia de la decisión del Tribunal Arbitral del Deporte. No sabemos si el resultado de su laudo es fruto de un rechazo formal o sustancial. Para decirlo en palabras de común entendimiento, si el Tribunal Arbitral del Deporte llegó a la conclusión de que es justo que un equipo que estaba último en la taba de posiciones pueda festejar un ascenso a fin de año, cuando se eliminaron los descensos para proteger las economías de los clubes, no quedará otra que hacerse eco de quienes dicen que el TAS es una mentira. No hay que ser el Aquinate para dar cuenta de que un ascenso en esas condiciones no es la expresión de una solución justa y equitativa. Definir las competencias en estas condiciones es tan justo como someterlo a la suerte de la ruleta.
Cuando la AFA respondió la apelación de San Martín su argumento de fondo estuvo basado en una falacia de razonamiento evidente: si la autoridad podía disponer la deserción de los torneos, ningún agravio podía derivarse de la realización de torneos reducidos que otorgaban cuanto menos la chance de disputar un torneo reducido. Pues bien, entonces, ahorremos tantos trastornos a la salud pública y procedamos a sortear las plazas para dirimir los ascensos u organicemos un torneo de barajas porque es tan justo ese modo de resolución de disputa que hacerlo en las condiciones proyectadas.
Es verdad que el Derecho nos ofrece siempre varias soluciones posibles jurídicas y aplicables a un caso o situación, y la determinación de cuál de ellas es la más adecuada es lo mismo que preguntarse cuál de todas ellas es la más razonable. Al respecto, debe consignarse que la determinación de lo racional no es una característica propia de una élite intelectual, sino que se trata del sentido común.
Por último, quisiera destacar que resulta absurdo que una persona jurídica de derecho privado como lo es la Asociación del Fútbol Argentino imponga a sus asociados a demandar justicia ante estrados arbitrales europeos y con altísimos costos para las alicaídas economías de los clubes argentinos. La AFA no puede sustraerse del orden jurídico argentino y desconfiar de sus instituciones.
Estoy convencido de que el presidente de la AFA, que lleva la camiseta argentina pegada sobre su pecho, en el futuro tomará cuenta de este episodio e instará a la supresión de esa ridícula cláusula que impide a los clubes recurrir a los tribunales ordinarios por ser contraria al derecho a la tutela judicial efectiva, o bien procurará instituir un tribunal que pueda revisar las decisiones con absoluta independencia de la AFA y de los clubes.